A continuación os dejo varios artículos para que reflexionéis sobre la
existencia de discriminación por sexos en distintos ámbitos y en diferentes
sentidos.
El primer artículo muestra los constantes esfuerzos por parte de los
diferentes gobiernos mundiales en incluir aspectos igualitarios en las leyes que
regulan los aspectos sociales, económicos y laborales de sus países. Sin
embargo, los datos estadísticos hablan por sí solos y se sigue apreciando
una falta de presencia femenina en el
acceso a determinados puestos de trabajo
(muchas veces relacionados con altos cargos empresariales),
en la iniciativa empresarial e incluso en la
participación en la vida social y cultural.
El segundo artículo muestra algunos sectores en los que se aprecia esa
desigualdad femenina. Dicha desigualdad existe no sólo en el acceso al trabajo
sino también en las condiciones laborales somo el salario, la promoción dentro
de la empresa, la movilidad funcional y geográfica, el acceso a formación e
incluso en las relaciones informales mediante el uso de lenguaje y actitudes
sexistas y discriminatorias. Este problema se está intentando paliar por parte
de las empresas con políticas como la exigencia de un porcentaje mínimo de
mujeres en cargos directivos y también por parte de las Administraciones
Públicas con la reserva de un porcentaje mínimo de acceso a puestos de
funcionariado público en sus convocatorias públicas. Además, se están llevando a
cabo iniciativas por parte de los gobiernos, como el español, de incentivos
mediante reserva de plazas en el acceso a determinados estudios universitarios y
a determinadas profesiones que han sido históricamente ocupados por hombres; en España la legislación vigente obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a crear un Plan de Igualdad interno; y
la existencia en general de ayudas y de normativa laboral y social que incluya una mayor
integración de la mujer y un trato igualitario entre sexos. Sin embargo, y a
pesar de todos estos esfuerzos, la desigualdad y la falta de presencia de las
mujeres en algunos puestos de trabajo sigue sucediendo, bien sea por una razón
cultural como la dedicación de la mujer al cuidado del hogar, de hijos y
familiares, bien sea por una falta de formación, capacidades e incluso ambición
profesional por parte de las mujeres, o bien sea en otros casos por la efectiva
discriminación femenina en los círculos internos empresariales basados en unos
prejuicios hacia la mujer sobre su valía profesional. También nos podemos preguntar si el hecho de que las mujeres no accedan a determinadas ocupaciones puede ser por una cuestión de gustos y no quieran hacerlo, más que una cuestión discriminatoria.
Como contrapartida, quiero que reflexionéis a la inversa. Os muestro el tercer artículo que habla sobre la falta de presencia masculina en el sector de la enseñanza. La realidad es que también existen sectores profesionales en los que históricamente la mujer ha tenido una mayor presencia que el hombre; ¿podríamos decir entonces que el hombre sufre discriminación en esos sectores? Como ejemplo, existen el sector de la enfermería, la enseñanza, la peluquería, la limpieza y el textil o de la moda, entre otros, en los que los hombres apenas tienen presencia!! ¿Por qué la sociedad no habla de ello? ¿Por qué no se aprueban medidas para que los hombres se sientan motivados a dedicarse a esas ocupaciones? Al fin y al cabo, si se hace con las mujeres para incrementar su presencia en unas ocupaciones, ¿no debería hacerse también con los hombres?
Y como última reflexión, también podemos observar una discriminación masculina en otros aspectos legales, como por ejemplo el permiso de maternidad y paternidad, el cuál era de 16 semanas para la mujer y tan sólo 13 días para el hombre (incluso llegó a ser de sólo 2 días para el hombre antiguamente); éste ha sido modificado en los últimos años de manera gradual hasta igualarse en 16 semanas de permiso para hombres y mujeres a partir de 2021. Y una muestra de la existencia de esta discriminación masculina en algunos aspectos es el del cuarto artículo, que os muestra la consideración de una ley española como discriminatoria para los hombres por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Dicha ley es la Ley General de la Seguridad Social en la aprobación de un complemento a pagar a las mujeres pensionistas que hayan tenido al menos dos hijos, por su papel de "contribución demográfica"; pero, ¿es justo que ese complemento se pague a las mujeres por haber sido madres y no a los hombres, que también han sido padres? La justicia europea se declara en contra y obliga a que se incluya a los hombres como perceptores de este complemento. ¿Os parece correcto?